El presidente Luis Abinader emitió el Decreto 719-26, que regula la zafra azucarera 2026-2027: mantiene en 189,343 toneladas la cuota de exportación hacia Estados Unidos y deja fuera, por ahora, las 11,931 toneladas adicionales anunciadas por Washington.

Plantación de caña de azúcar. (Foto: archivo)

SANTO DOMINGO. — El presidente Luis Abinader firmó esta semana el Decreto 719-26, la norma que regirá la zafra azucarera 2026-2027, con el propósito de garantizar el abastecimiento del mercado nacional, regular las exportaciones y reforzar la supervisión estatal sobre la comercialización del azúcar y sus derivados.

La disposición distribuye entre los tres principales consorcios del país las mismas 189,343 toneladas métricas de azúcar valor crudo (TMVC) que la República Dominicana tenía autorizadas para exportar a Estados Unidos desde 2024, sin incorporar todavía el incremento de 11,931 toneladas anunciado por la Oficina del Representante Comercial de los Estados Unidos (USTR) el pasado 23 de septiembre.

El Instituto Azucarero Dominicano (Inazucar) explicó que las nuevas cuotas no se incorporaron porque aún se espera una notificación oficial de la Oficina de Asuntos Agrícolas de Estados Unidos, a través de la embajada dominicana. No obstante, aclaró que esas toneladas adicionales también están contempladas para su exportación, una vez se formalice la notificación y se cumplan los procedimientos correspondientes.

Cosecha de caña de azúcar

Cosecha de caña de azúcar. (Foto: archivo)

La distribución vuelve a favorecer al Central Romana Corporation, que concentra el 52.49 % de las exportaciones, equivalente a 99,386 toneladas métricas, recuperando su participación por segunda vez consecutiva desde que se levantó el veto para exportar a ese destino en 2025. El Ingenio Cristóbal Colón recibe el 30.12 % (57,030 toneladas) y el Ingenio Barahona el 17.39 % (32,927 toneladas). El Ingenio Porvenir, estatal, produciría apenas 13,000 toneladas para el mercado local.

El decreto también establece que, a partir de la producción total y los excedentes del año anterior, se reservarán las cantidades necesarias para satisfacer la demanda del consumo interno, sin descuidar los compromisos de exportación hacia mercados preferenciales como Estados Unidos. Además, ningún embarque de azúcar, melaza o sus derivados podrá salir del país sin un permiso emitido por el Inazucar, y los Certificados de Elegibilidad sobre Cuota (CQE) solo podrán otorgarse a ingenios y empresas productoras autorizadas.

En caso de ser necesaria la importación de azúcar para cubrir la demanda nacional, el Inazucar deberá emitir las licencias correspondientes, según dispone la norma.

Fuente: Diario Libre / En Tendencia RD, con información del Instituto Azucarero Dominicano (Inazucar).